viernes, 28 de agosto de 2009

Despues de más de dos décadas el deporte de los puños vuelve a sus cauces normales en la organización. Esperemos que las mezquindades y los egoísmos se dejen de lado para poder ver reflotar el boxeo como en los mejores años.

El proyecto, impulsado por el edil municipal Carlos Guzmán, tendrá a su cargo la organización, realización y fiscalización de los espectáculos boxísticos profesionales o amateurs que se lleven a cabo en el ámbito municipal.

La iniciativa, tratada sobre tablas, establece que dicha comisión estará integrada por dos médicos: uno, dependiente de la secretaría de Salud y Promoción Social municipal y otro, médico a propuesta del Departamento Ejecutivo municipal con acuerdo del Concejo Deliberante; un asesor letrado; un juez titular y uno suplente; un árbitro titular y uno suplente; y un periodista deportivo designado por las entidades que los nuclean.

Del seno de la misma, y de acuerdo con lo exigido en la norma, la comisión deberá elegir un presidente, un vicepresidente, un tesorero, un secretario de actas; los que durarán dos años en sus funciones y tendrán carácter ad honorem.

Según lo especificado en el articulado de la Ordenanza, sancionada en la fecha, son atribuciones de la comisión:

1) Otorgar o denegar permiso a la realización de los espectáculos de boxeo; sólo la comisión podrá autorizarlos, de acuerdo con lo normado por el reglamento de la Federación Argentina de Boxeo.

2) Conceder o retirar permiso definitivo o temporario para actuar en su jurisdicción, a los púgiles, aficionados y profesionales, promotores particulares, promotores clubes, segundos, jueces, jurados, fiscales, cronometristas y managers que violaran la presente ordenanza y reglamento de la Federación Argentina de Boxeo.

3) Verificar que los promotores mantengan al día los seguros de salud de los púgiles, tanto profesionales como amateurs.

4) Velar por la seguridad e integridad física del boxeador.

Además de contener muchos otros artículos por los cuales se regirá la comisión, los alcances y funciones que tendrá, etc., la norma estipula que “la violación por parte de los organizadores, promotores y boxeadores de las normas fijadas en la presente ordenanza, los hará pasibles de multas aplicadas por el DEM a solicitud de la Comisión municipal de Boxeo, graduada entre 30 Unidad de Multa a 150 Unidad de Multa y/o inhabilitación temporaria o perpetua para organizar o participar de espectáculos boxísticos en nuestra ciudad”.

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